{"id":1177,"date":"2021-04-21T04:46:47","date_gmt":"2021-04-21T04:46:47","guid":{"rendered":"https:\/\/estudiosadministrativos.com\/inscripcion\/?page_id=1177"},"modified":"2021-04-21T05:00:58","modified_gmt":"2021-04-21T05:00:58","slug":"auxiliar-administrativo-de-la-comunidad-de-madrid","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/estudiosadministrativos.com\/inscripcion\/auxiliar-administrativo-de-la-comunidad-de-madrid\/","title":{"rendered":"Auxiliar Administrativo de la Comunidad de Madrid"},"content":{"rendered":"<h2>Auxiliar Administrativo de la Comunidad de Madrid<\/h2>\n<h3>interesados<\/h3>\n<p>2.1\u00a0 Para ser admitidos y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastar\u00e1 con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participaci\u00f3n que re\u00fanen, adem\u00e1s de los requisitos que se recogen en la base 6.1 de la Orden 290\/2018, de 27 de junio, el siguiente requisito:<\/p>\n<ul>\n<li>Estar en posesi\u00f3n o en condiciones de obtener en la fecha de finalizaci\u00f3n del plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes el t\u00edtulo de Graduado en Educaci\u00f3n Secundaria Obligatoria, o de cualquier otra titulaci\u00f3n o estudios equivalentes al mismo, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en la materia En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deber\u00e1 estar en posesi\u00f3n de la credencial de homologaci\u00f3n, conforme a la regulaci\u00f3n que resulte de aplicaci\u00f3n<\/li>\n<\/ul>\n<p>2.2. Los aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad, adem\u00e1s de reunir los restantes requisitos exigidos en esta convocatoria, deber\u00e1n tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y acreditarlos en los t\u00e9rminos se\u00f1alados en las bases generales.<\/p>\n<h3>Solicitudes<\/h3>\n<p>3.1. La cumplimentaci\u00f3n y presentaci\u00f3n de solicitudes se ajustar\u00e1 a lo establecido en la base octava de la Orden 290\/2018, de 27 de junio.<\/p>\n<p>3.2. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deber\u00e1n cumplimentar por medios electr\u00f3nicos, a trav\u00e9s de la p\u00e1gina web de la Comunidad de Madrid, rellenando el formulario de este proceso, de acuerdo con las instrucciones que constan en el mismo, al que se acceder\u00e1 a trav\u00e9s del enlace <a href=\"http:\/\/www.comunidad.madrid\/servicios\/ empleo\/oposiciones-administracion-servicios-comunidad-madri\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">http: \/\/www.comunidad.madrid\/servicios\/ empleo\/oposiciones-administracion-servicios-comunidad-madri<\/a>d , seleccionando el Cuerpo objeto de la presente convocatoria. En caso de optar por la presentaci\u00f3n telem\u00e1tica, deber\u00e1 accederse a trav\u00e9s de la opci\u00f3n \u201cGesti\u00f3n telem\u00e1tica \/ Solicitud-Registro electr\u00f3nico\u201d. Si se opta por la gesti\u00f3n presencial de la solicitud, deber\u00e1 accederse a trav\u00e9s de la opci\u00f3n \u201cGesti\u00f3n presencial \/ Solicitud\u201d. Las direcciones de las oficinas de asistencia en materia de registro, donde pueden ser presentadas las solicitudes, pueden consultarse en la p\u00e1gina web: http:\/\/www.comunidad.madrid\/servicios\/informacion-atencion-ciudadano\/red-oficinas-comunidad-madrid.<\/p>\n<p>3.3. Documentaci\u00f3n a adjuntar a las solicitudes.<\/p>\n<p>Los aspirantes deber\u00e1n acompa\u00f1ar a las solicitudes de participaci\u00f3n la documentaci\u00f3n que corresponda de entre la que se indica a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<ul>\n<li>El ejemplar para la Administraci\u00f3n del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen y\/o, en su caso, la documentaci\u00f3n acreditativa de la exenci\u00f3n parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y t\u00e9rminos dispuestos en la base 8.2 de la Orden 290\/2018, de 27 de junio.<\/li>\n<li>Las personas que pudieran precisar adaptaciones de tiempo y\/o medios para la realizaci\u00f3n de alguno de los ejercicios de que consta el proceso, deber\u00e1n presentar la documentaci\u00f3n que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habr\u00e1 de ser aportada en la forma y t\u00e9rminos establecidos en la base 8.6 de la Orden 290\/2018, de 27 de junio.<\/li>\n<li>\u00danicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y\/o firme por medio de representante que act\u00faa en nombre del aspirante, se deber\u00e1 aportar la correspondiente autorizaci\u00f3n en el modelo establecido al efecto y que se encuentra disponible siguiendo la secuencia ya indicada en la base 3.2 de la presente Orden.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>Tasa por derechos de examen<\/h3>\n<p>En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen, se estar\u00e1 a lo dispuesto en la base 8.2 de la Orden 290\/2018, de 27 de junio.<\/p>\n<p>Salvo que resulte de aplicaci\u00f3n alguna de las exenciones totales recogidas en dicha base, quienes soliciten participar en las pruebas selectivas deber\u00e1n liquidar, en la forma establecida en la misma, la tasa por derechos de examen en procesos selectivos para ingreso en el Subgrupo C2 de los que se deriva la formaci\u00f3n de lista de espera, y que asciende a 14,11 euros. Para quienes sean miembros de familias numerosas de categor\u00eda general, el importe de la tasa ser\u00e1 de 7,05 euros.<\/p>\n<h3>Tribunal Calificador<\/h3>\n<p>El Tribunal Calificador de este proceso selectivo ser\u00e1 designado por Resoluci\u00f3n de la Direcci\u00f3n General de Funci\u00f3n P\u00fablica, que se publicar\u00e1 en el BOLET\u00cdN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y, a efectos de cobro de indemnizaciones por raz\u00f3n del servicio, quedar\u00e1 incluido en la categor\u00eda tercera, rigi\u00e9ndose por lo establecido en la base d\u00e9cima de la Orden 290\/2018, de 27 de junio.<\/p>\n<h3>Sistema de selecci\u00f3n<\/h3>\n<p>6.1. El sistema selectivo ser\u00e1 el de oposici\u00f3n.<\/p>\n<p>6.2. El desarrollo de la oposici\u00f3n se regir\u00e1 por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 290\/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura como Anexo I de la presente convocatoria.<\/p>\n<p>La oposici\u00f3n estar\u00e1 integrada por los ejercicios que a continuaci\u00f3n se indican, todos y cada uno de ellos eliminatorios:<\/p>\n<h4>6.2.1. Primer ejercicio.<\/h4>\n<p>Consistir\u00e1 en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el Tribunal, compuesto por noventa preguntas, que se ajustar\u00e1n a la siguiente distribuci\u00f3n:<\/p>\n<p>\u2014 Las primeras cuarenta y cinco preguntas versar\u00e1n sobre aspectos psicot\u00e9cnicos y<br \/>\nconocimientos ortogr\u00e1ficos.<\/p>\n<p>\u2014 Las cuarenta y cinco preguntas restantes versar\u00e1n sobre el programa de la oposici\u00f3n, distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas que integran el<br \/>\nmismo.<\/p>\n<p>Para cada pregunta se propondr\u00e1n cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorar\u00e1 en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con m\u00e1s de una opci\u00f3n de respuesta, no tendr\u00e1 valoraci\u00f3n, y la pregunta con contestaci\u00f3n err\u00f3nea se penalizar\u00e1 con la tercera parte del valor asignado a la contestaci\u00f3n correcta. El tiempo m\u00e1ximo para la realizaci\u00f3n de este ejercicio ser\u00e1 de noventa minutos.<\/p>\n<h4>6.2.2. Segundo ejercicio.<\/h4>\n<p>Constar\u00e1 de dos fases a realizar en una misma sesi\u00f3n:<\/p>\n<h5>6.2.2.1. Primera fase.<\/h5>\n<p>Consistir\u00e1 en la realizaci\u00f3n en ordenador de un supuesto pr\u00e1ctico de car\u00e1cter ofim\u00e1tico propuesto por el Tribunal, utilizando a tal efecto el programa de tratamiento de textos<br \/>\n\u201cMicrosoft Office Standard 2013\u201d. El tiempo m\u00e1ximo para la realizaci\u00f3n de esta fase ser\u00e1 de treinta minutos.<\/p>\n<h5>6.2.2.2. Segunda fase.<\/h5>\n<p>Consistir\u00e1 en la transcripci\u00f3n en ordenador, durante diez minutos, y utilizando el mismo programa ofim\u00e1tico, de un texto que se facilitar\u00e1 por el Tribunal a los aspirantes, exigi\u00e9ndose una velocidad m\u00ednima de 280 pulsaciones por minuto.<\/p>\n<p>6.3. El orden de actuaci\u00f3n de los opositores se iniciar\u00e1 alfab\u00e9ticamente por el primer aspirante cuyo primer apellido comience por la letra \u201cD\u201d, de conformidad con la Resoluci\u00f3n de 12 de mayo de 2017, de la Direcci\u00f3n General de Funci\u00f3n P\u00fablica (BOLET\u00cdN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de junio).<\/p>\n<p>6.4. El primer ejercicio podr\u00e1 comenzar a partir del mes de febrero de 2020, sin que, en ning\u00fan caso, puedan transcurrir m\u00e1s de dos meses entre la sesi\u00f3n de constituci\u00f3n del Tribunal Calificador y la celebraci\u00f3n del mismo. A efectos del c\u00f3mputo del plazo de los dos meses se entender\u00e1n excluidos los meses de julio y agosto y el per\u00edodo de tiempo transcurrido entre el 15 de diciembre y el 15 de enero del a\u00f1o siguiente.<\/p>\n<p>La fecha y lugar exacto de celebraci\u00f3n del primer ejercicio se determinar\u00e1n en la Resoluci\u00f3n por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo.<\/p>\n<p>La publicaci\u00f3n del anuncio de celebraci\u00f3n del segundo, as\u00ed como la de la lista de aprobados\/as de los ejercicios integrantes de la oposici\u00f3n, se efectuar\u00e1 en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la p\u00e1gina web: http:\/\/www.comunidad.madrid\/servicios\/informaci\u00f3n-atencion-ciudadano\/red-oficinas comunidad-madrid, y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusi\u00f3n entre los interesados, sin perjuicio de encontrarse, igualmente, disponible dicha informaci\u00f3n en la p\u00e1gina web de la Comunidad de Madrid.<\/p>\n<h3>Calificaci\u00f3n del proceso<\/h3>\n<p>7.1. Para la calificaci\u00f3n de los ejercicios de la oposici\u00f3n el Tribunal se ajustar\u00e1 a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290\/2018, de 27 de junio, y a lo establecido en la presente base.<\/p>\n<p>Los ejercicios de la oposici\u00f3n se calificar\u00e1n de la forma siguiente:<\/p>\n<h4>7.1.1. Primer ejercicio:<\/h4>\n<p>Se calificar\u00e1 de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un m\u00ednimo de cinco puntos.<\/p>\n<h4>7.1.2. Segundo ejercicio:<\/h4>\n<p>La primera fase se calificar\u00e1 de 0 a 10 puntos.<\/p>\n<p>La segunda fase se calificar\u00e1 de 0 a 10 puntos.<\/p>\n<p>La calificaci\u00f3n final de este ejercicio vendr\u00e1 determinada por la media ponderada de las puntuaciones alcanzadas en ambas fases, correspondiendo el 60 por 100 a la primera fase y el 40 por 100 a la segunda fase, siendo necesario obtener como resultado de la media un m\u00ednimo de cinco puntos para superar el ejercicio. Los criterios de correcci\u00f3n del segundo ejercicio ser\u00e1n los siguientes:<\/p>\n<h4>a) Primera fase:<\/h4>\n<p>Em esta fase se valorar\u00e1 la capacidad del aspirante para la composici\u00f3n de documentos escritos, en los t\u00e9rminos que el Tribunal se\u00f1ale a tal efecto, conforme a lo dispuesto en la base 13.1 de la Orden 290\/2018, de 27 de junio.<\/p>\n<h4>b) Segunda fase:<\/h4>\n<p>\u2014 Ser\u00e1 necesario alcanzar 2.800 pulsaciones netas, descontados los errores, para vsuperar esta segunda fase.<\/p>\n<p>\u2014 Cada letra o espacio en blanco se contar\u00e1 como una pulsaci\u00f3n, excepto las may\u00fasculas, los acentos, el \u201cpunto y coma\u201d, comillas, signos de interrogaci\u00f3n y admiraci\u00f3n (salvo el signo \u00a1), par\u00e9ntesis, que se contar\u00e1n como dos pulsaciones, ya que para escribirlos es necesario pulsar dos teclas.<\/p>\n<p>\u2014 Cada error que se cometa, sea de la naturaleza que sea, se considerar\u00e1 como una falta.<\/p>\n<p>\u2014 Los errores cometidos se penalizar\u00e1n de la forma siguiente:<\/p>\n<p>Falta, inclusi\u00f3n o repetici\u00f3n de una letra: una falta. Falta, inclusi\u00f3n o repetici\u00f3n de coma, punto, punto y coma, acento o cualquier otro signo de puntuaci\u00f3n: una falta cada uno.<\/p>\n<p>Sustituci\u00f3n de letra o signo de puntuaci\u00f3n: una falta. Inversi\u00f3n del orden de dos letras: una falta. Uso indebido o cambio de posici\u00f3n de may\u00fascula: una falta. Falta o inclusi\u00f3n de un espacio en blanco: una falta. Los errores cometidos en una palabra se penalizar\u00e1n seg\u00fan el baremo siguiente:<\/p>\n<p>\u2212 Un error del tipo que sea al principio, final o dentro de una palabra, se considerar\u00e1 una falta.<\/p>\n<p>\u2212 Varios errores en una misma palabra se penalizar\u00e1n seg\u00fan el n\u00famero de pulsaciones de la palabra en cuesti\u00f3n, tal y como se indica seguidamente:<\/p>\n<h6>N\u00ba DE PULSACIONES PENALIZACI\u00d3N<\/h6>\n<ul>\n<li>Hasta 4 2 faltas<\/li>\n<li>De 5 a 8 2,5 faltas<\/li>\n<li>M\u00e1s de 8 4 faltas<\/li>\n<\/ul>\n<p>Inclusi\u00f3n o repetici\u00f3n de una palabra:<\/p>\n<p>Se penalizar\u00e1 conforme a la graduaci\u00f3n anteriormente se\u00f1alada, contando las faltas seg\u00fan las pulsaciones de la palabra que se haya incluido o repetido.<\/p>\n<p>Omisi\u00f3n de una palabra o frase: Se descuentan las pulsaciones del c\u00f3mputo total y se penalizar\u00e1 conforme a la graduaci\u00f3n anteriormente se\u00f1alada, contando las faltas seg\u00fan las pulsaciones de la palabra o palabras que se hayan omitido.<\/p>\n<p>Trasposici\u00f3n de una palabra (inversi\u00f3n de orden de dos palabras): se penalizar\u00e1 con la suma de las faltas de cada palabra traspuesta y de acuerdo con la graduaci\u00f3n anteriormente se\u00f1alada.<\/p>\n<p>Para la calificaci\u00f3n final del proceso, el Tribunal se ajustar\u00e1 a lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 290\/2018, de 27 de junio, viniendo determinada aquella por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios que conforman la oposici\u00f3n, orden\u00e1ndose a los aspirantes de forma decreciente, conforme a dicha calificaci\u00f3n final, e intercalando en el cupo general, en su caso, a los aspirantes del cupo de discapacidad en el lugar que, por puntuaci\u00f3n corresponda. En caso de empate, el orden se establecer\u00e1 atendiendo a los siguientes criterios:<\/p>\n<ol>\n<li>Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad. De persistir el empate entre estos aspirantes, se dirimir\u00e1 atendiendo a los criterios de prelaci\u00f3n generales que se relacionan a continuaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Mayor calificaci\u00f3n obtenida en el segundo ejercicio.<\/li>\n<li>De continuar el empate, se deshar\u00e1 mediante la celebraci\u00f3n por parte del Tribunal de un sorteo p\u00fablico, que se anunciar\u00e1 con la suficiente antelaci\u00f3n. En el caso de que, como resultado de la calificaci\u00f3n final obtenida, y a la vista de la limitaci\u00f3n contemplada en la base 14.4 de la Orden 290\/2018, de 27 de junio, alguno de los aspirantes del cupo de discapacidad no obtuviese plaza por dicho cupo, pero tuviera acreditada en cada uno de los ejercicios de la oposici\u00f3n una puntuaci\u00f3n que, conforme a los criterios de valoraci\u00f3n aplicados a los aspirantes del cupo general, le hubiera permitido superar los mismos, el Tribunal Calificador deber\u00e1 incluir autom\u00e1ticamente a dicho aspirante en el citado cupo general, al objeto de que pueda optar a las plazas convocadas en dicho cupo en condiciones de igualdad con el resto de los aspirantes que concurren por el mismo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Lista de aprobados del proceso selectivo y acreditaci\u00f3n del cumplimiento de requisitos<\/p>\n<p>8.1. El Tribunal har\u00e1 p\u00fablica, en los t\u00e9rminos dispuestos en la base decimocuarta de la Orden 290\/2018, de 27 de junio, la relaci\u00f3n de aspirantes que han superado el proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:<\/p>\n<ul>\n<li>N\u00famero de orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuaci\u00f3n total alcanzada; datos personales en los t\u00e9rminos dispuestos en la normativa de aplicaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposici\u00f3n.<\/li>\n<li>Calificaci\u00f3n final.<\/li>\n<\/ul>\n<p>8.2. En cuanto a la acreditaci\u00f3n del cumplimiento de requisitos por parte de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se estar\u00e1 a lo dispuesto en las bases 14.6<br \/>\na 14.10 de la Orden 290\/2018, de 27 de junio.<\/p>\n<p>El orden de los aspirantes en la lista vendr\u00e1 determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados de la oposici\u00f3n, de mayor a menor.<\/p>\n<p><strong>En caso de igualdad de puntuaci\u00f3n, se atender\u00e1 a los siguientes criterios:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad. De persistir el empate entre estos aspirantes, se dirimir\u00e1 conforme a los criterios de prelaci\u00f3n que se indican a continuaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Mayor calificaci\u00f3n obtenida en el segundo ejercicio.<\/li>\n<li>El orden alfab\u00e9tico a partir de la letra prevista en la base 6.3 de esta convocatoria.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, as\u00ed como las actuaciones del Tribunal Calificador, podr\u00e1n ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">ANEXO<\/p>\n<h3 style=\"text-align: center;\">PROGRAMA CORRESPONDIENTE A LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE AUXILIARES, GRUPO C, SUBGRUPO C2, DE ADMINISTRACI\u00d3N GENERAL, DE LA COMUNIDAD DE MADRID<\/h3>\n<p>1. La Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola de 1978: Caracter\u00edsticas. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. Su garant\u00eda y suspensi\u00f3n.<\/p>\n<p>2. El Estatuto de Autonom\u00eda de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y funci\u00f3n ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composici\u00f3n, elecci\u00f3n y funciones.<\/p>\n<p>3. La Ley de Gobierno y Administraci\u00f3n de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. El Gobierno de la Comunidad de Madrid. Organizaci\u00f3n y estructura b\u00e1sica de las Consejer\u00edas. La Administraci\u00f3n Institucional de la Comunidad de Madrid.<\/p>\n<p>4. Las fuentes del ordenamiento jur\u00eddico. La Constituci\u00f3n. Las Leyes: Concepto y clases. Las disposiciones del ejecutivo con fuerza de Ley: Decretos-leyes y Decretos legislativos. Los reglamentos: Concepto y clases. Otras fuentes.<\/p>\n<p>5. El acto administrativo: Caracter\u00edsticas generales. Requisitos. Eficacia. Actos nulos y anulables. La revisi\u00f3n de los actos administrativos. Los recursos administrativos: Concepto y clases. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones P\u00fablicas.<\/p>\n<p>6. La Ley del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas: Objeto y \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n. Fases del procedimiento: Iniciaci\u00f3n, ordenaci\u00f3n, instrucci\u00f3n y finalizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. La Jurisdicci\u00f3n Contencioso-Administrativa: Su organizaci\u00f3n. Las partes. Actos impugnables. Las fases principales del procedimiento contencioso-administrativo.<\/p>\n<p>8. La Ley 19\/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica y buen gobierno: \u00e1mbito de actuaci\u00f3n, publicidad activa y derecho de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica. Especial referencia a la Comunidad de Madrid. Ley Org\u00e1nica 3\/2018, de 5 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos Personales y garant\u00eda de los derechos digitales: principios y derechos de las personas. Referencia al Delegado de Protecci\u00f3n de Datos, y al responsable y encargado del tratamiento. Especialidades en el Sector P\u00fablico<\/p>\n<p>9. Los contratos en el Sector P\u00fablico: Elementos comunes a todos los contratos. Tipos de contratos: Caracter\u00edsticas principales. Procedimientos de contrataci\u00f3n y formas de adjudicaci\u00f3n: Aspectos principales.<\/p>\n<p>10. El Texto Refundido de la Ley del Estatuto B\u00e1sico del Empleado P\u00fablico. Personal al servicio de las Administraciones P\u00fablicas. Adquisici\u00f3n y p\u00e9rdida de la condici\u00f3n de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades. Situaciones administrativas. Sistema de retribuciones. R\u00e9gimen disciplinario. Especial referencia a la Ley de la Funci\u00f3n P\u00fablica de la Comunidad de Madrid.<\/p>\n<p>11. La Seguridad Social: Caracter\u00edsticas generales y principales Entidades gestoras. Afiliaci\u00f3n, cotizaci\u00f3n y recaudaci\u00f3n. Acci\u00f3n protectora: Contingencias y prestaciones.<\/p>\n<p>12. Hacienda P\u00fablica: Normativa b\u00e1sica. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid: Estructura y principios generales. Los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid. El ciclo presupuestario.<\/p>\n<p>13. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminaci\u00f3n. El marco normativo para la promoci\u00f3n de la igualdad de g\u00e9nero y para la protecci\u00f3n integral contra la violencia de g\u00e9nero, la LGTBIfobia y la discriminaci\u00f3n por raz\u00f3n de orientaci\u00f3n e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.<\/p>\n<p>14. Informaci\u00f3n administrativa y atenci\u00f3n al ciudadano en la Comunidad de Madrid en los canales presencial, electr\u00f3nico y telef\u00f3nico. La Administraci\u00f3n electr\u00f3nica. La identificaci\u00f3n y autenticaci\u00f3n de las personas f\u00edsicas y jur\u00eddicas para las diferentes actuaciones en la gesti\u00f3n electr\u00f3nica. Especial referencia a la Administraci\u00f3n electr\u00f3nica en la Comunidad de Madrid.<\/p>\n<p>15. Los documentos administrativos: Concepto, funciones, clasificaci\u00f3n y caracter\u00edsticas. Especial referencia al documento electr\u00f3nico. El registro de documentos: Concepto y funciones. Presentaci\u00f3n, recepci\u00f3n, entrada y salida de documentos. El archivo de documentos: Concepto y funciones. Clases de archivo y criterios de ordenaci\u00f3n. El acceso a los documentos administrativos: Sus limitaciones y formas de acceso<\/p>\n<p><em>B.O.C.M. N\u00fam. 150 MI\u00c9RCOLES 26 DE JUNIO DE 2019\u00a0<\/em><\/p>\n<p><em>BOCM-20190626-1<\/em><\/p>\n<p><em>BOCM BOLET\u00cdN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Auxiliar Administrativo de la Comunidad de Madrid interesados 2.1\u00a0 Para ser admitidos y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastar\u00e1 con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participaci\u00f3n que re\u00fanen, adem\u00e1s de los requisitos que se recogen en la base 6.1 de la Orden 290\/2018, de 27 de junio, el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":1180,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"class_list":["post-1177","page","type-page","status-publish","has-post-thumbnail","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/estudiosadministrativos.com\/inscripcion\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/1177","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/estudiosadministrativos.com\/inscripcion\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/estudiosadministrativos.com\/inscripcion\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/estudiosadministrativos.com\/inscripcion\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/estudiosadministrativos.com\/inscripcion\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1177"}],"version-history":[{"count":4,"href":"https:\/\/estudiosadministrativos.com\/inscripcion\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/1177\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1182,"href":"https:\/\/estudiosadministrativos.com\/inscripcion\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/1177\/revisions\/1182"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/estudiosadministrativos.com\/inscripcion\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1180"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/estudiosadministrativos.com\/inscripcion\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1177"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}