Grupos de clasificación de los funcionarios públicos
Los cuerpos y escalas de funcionarios se clasifican en grupos y subgrupos en función de la titulación exigida para el acceso.
Esta clasificación es importante porque influye en los requisitos de entrada, el nivel de responsabilidad del puesto y las retribuciones.
el artículo 76 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público clasifica los cuerpos y escalas funcionariales
en los grupos A, B y C, con los subgrupos A1, A2, C1 y C2.
Resumen rápido
| Grupo / Subgrupo | Titulación general exigida | Ejemplos habituales |
|---|---|---|
| A1 | Título universitario de Grado u otro título universitario exigido por ley. | Cuerpos superiores, inspección, técnicos superiores, funciones directivas o de alta responsabilidad. |
| A2 | Título universitario de Grado u otro título universitario exigido por ley. | Gestión administrativa, técnicos medios, apoyo técnico y gestión especializada. |
| B | Título de Técnico Superior. | Puestos vinculados a formación profesional superior, ejecución técnica y gestión especializada. |
| C1 | Título de Bachiller o Técnico. | Administrativos/as, tramitación, gestión de expedientes, atención administrativa cualificada. |
| C2 | Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. | Auxiliares administrativos/as, atención al público, archivo, registro y tareas administrativas básicas. |
| Agrupaciones profesionales | No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo. | Subalternos/as, ordenanzas, vigilancia, custodia, apoyo básico y tareas auxiliares. |
Grupo A
Para acceder a los cuerpos o escalas del Grupo A se exige, con carácter general, estar en posesión de un título universitario de Grado.
Cuando una ley exija otro título universitario concreto, será ese título el que deba acreditarse.
Subgrupo A1
El subgrupo A1 suele estar vinculado a puestos de mayor responsabilidad técnica, jurídica, económica, inspectora, directiva o de planificación.
En muchas convocatorias se corresponde con cuerpos superiores.
Subgrupo A2
El subgrupo A2 suele corresponder a puestos de gestión, apoyo técnico, coordinación administrativa o ejecución especializada.
La diferencia entre A1 y A2 no se basa solo en la titulación, sino también en el nivel de responsabilidad de las funciones y en las características de las pruebas de acceso.
Grupo B
Para el acceso al Grupo B se exige estar en posesión del título de Técnico Superior.
Es un grupo vinculado a la formación profesional superior y a funciones técnicas o de gestión especializada.
Grupo C
El Grupo C se divide en los subgrupos C1 y C2.
Es el grupo más habitual en muchas oposiciones administrativas.
Subgrupo C1
Para acceder al subgrupo C1 se exige el título de Bachiller o Técnico.
En este subgrupo suelen encuadrarse puestos administrativos con funciones de tramitación, gestión de expedientes, atención administrativa, apoyo a unidades y manejo de documentación.
Subgrupo C2
Para acceder al subgrupo C2 se exige el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
En este subgrupo suelen encontrarse puestos auxiliares administrativos, con tareas de atención al público, archivo, registro, mecanización de documentos, apoyo administrativo y uso básico de herramientas informáticas.
Agrupaciones profesionales
Además de los grupos anteriores, existen agrupaciones profesionales para cuyo acceso no se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.
En este ámbito pueden encontrarse puestos de apoyo básico, subalternos, ordenanzas, vigilancia, custodia, porteo, reparto de documentación o tareas auxiliares similares.
Promoción interna
La promoción interna permite al personal funcionario acceder a cuerpos o escalas de otro grupo o subgrupo, siempre que cumpla los requisitos exigidos en la convocatoria.
En general, será necesario acreditar la titulación requerida, cumplir los requisitos de antigüedad y superar el proceso selectivo correspondiente.
esta información es orientativa. Para cada oposición concreta hay que revisar siempre las bases oficiales,
porque pueden establecer requisitos específicos de titulación, perfil lingüístico, permisos, certificados informáticos u otras condiciones.


