TEST de la Ley 40/2015
Título Preliminar
Selección de 47 preguntas importantes que suelen salir en los exámenes
- ÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector público
- CAPÍTULO I. Disposiciones generales
- CAPÍTULO II. De los órganos de las Administraciones Públicas
- Sección 1.ª De los órganos administrativos
- Sección 2.ª Competencia
- Sección 3.ª Órganos colegiados de las distintas administraciones públicas
- Subsección 1.ª Funcionamiento
- Subsección 2.ª De los órganos colegiados en la Administración General del Estado
- Sección 4.ª Abstención y recusación
- CAPÍTULO III. Principios de la potestad sancionadora
- CAPÍTULO IV. De la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas
- Sección 1.ª Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas
- Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas
- CAPÍTULO V. Funcionamiento electrónico del sector público
- CAPÍTULO VI. De los convenios
Conceptos importantes de la Ley 40/2015
- El principio de eficacia buscará, mediante su inspiración, que la Administración Pública cumpla los objetivos fijados en los servicios prestados a los ciudadanos.
- El principio de jerarquía. La organización administrativa se estructura de manera jerárquica con una multiplicidad de órganos
- La descentralización presupone reordenación de funciones entre distintas Administraciones Públicas.
- Por el contrario, se habla de desconcentración cuando dentro de una misma Administración Pública se reordenan funciones a favor de órganos inferiores o periféricos.
- Transferencia de la titularidad y el ejercicio de competencias de un órgano superior a otro inferior o periférico dentro de un mismo ente público, con carácter permanente.
- La coordinación es un principio organizativo que pretende lograr la unidad en la actuación administrativa entre Administraciones diferentes o entre órganos
pertenecientes a ámbitos distintos de una misma Administración, no relacionados por el principio de jerarquía. - La existencia de una pluralidad de Administraciones genera la posibilidad de duplicidades y contradicciones en una misma materia, con el riesgo de producirse tanto derroches sobre costes materiales como de esfuerzo por la superposición.
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jesus –
joer pues muchas gracias!